Se estima que en España el alquiler de pisos “en negro” provoca un fraude a Hacienda de 3.000 millones de euros cada año. Esta cifra parte del “Informe sobre alquileres sumergidos en España” en que calcula que el 55,4% de los alquileres no se declaran.
Aunque son datos muy difíciles de precisar, lo que está claro es que hay muchos propietarios que por ahorrarse unos euros prefieren alquilar su propiedad al margen de la ley. Sin embargo hay una serie de ventajas que los caseros deberían considerar antes de alquilar un piso en la ilegalidad.
Un contrato de alquiler además de evitar una multa en caso de ser descubierto aporta una seguridad jurídica y ciertas ventajas fiscales que consisten en:
- Los gastos de conservación de la casa y las derramas de la comunidad.
- Los intereses pagados por el crédito obtenido para comprar la vivienda.
- El 10% de los gastos de mejora como instalar aire acondicionado o reformar la cocina.
- El 10% de los gastos de mejora como instalar aire acondicionado o reformar la cocina.
- Los pago de la comunidad y el impuesto de bienes inmuebles (ibi).
- Descuento de entre el 3% y el 60% en la declaración en concepto de desgaste de la casa.
- Deducción del 40% para rendimientos netos de más de dos años.
- Deducción del 50% del rendimiento en alquileres de viviendas.
- Bonificaciones adicionales en función de la edad del inquilino, que pueden llegar al 100% si el inquilino es menor de 30 años.
- Bonificaciones adicionales en función de la edad del inquilino, que pueden llegar al 100% si el inquilino es menor de 30 años.
Además el inquilino también tendría derecho a percibir ciertas ayudas como la RBE y desgravaciones de la renta.
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